jueves, 2 de agosto de 2012


 Constitución Política de Colombia de 1886
Fue la Carta Política Nacional que rigió la vida constitucional de Colombia desde finales del siglo XIX hasta finales del siglo XX cuando fue derogada por la Constitución de 1991. Nació en el marco de la llamada Regeneración liderada por el presidente Rafael Núñez y a su vez derogó la Constitución de 1863. Tuvo dos reformas importantes: la de 1910 después del gobierno progresista del presidente Rafael Reyes y la reforma de 1936 liderada por el presidente Alfonso López Pumarejo. Otras reformas significativas se dieron en los años 1905, 1954, 1957, 1958, 1968 y 1984. La Constitución fue proclamada el 5 de agosto de 1886, abolió el federalismo, creó un estado unitario, administrador en lo social y económico, dividió el poder en tres ramas (legislativa, ejecutiva y judicial), estableció el periodo presidencial en seis años y creó los departamentos como forma administrativa territorial nacional
Colombia tuvo muchos años de guerra y disputa entre los dos partidos predominantes: el liberal y el conservador, esto sumado a una constitución de Rionegro que promulgaba estados independientes que llegaban a tener más poder que el gobierno central de Colombia. Los Estados Unidos de Colombia como se llamaba el país en aquella época, en 25 años de estar promulgada vio pasar más de 50 guerras civiles
En 1991 fue remplazada por una nueva constitución política con el propósito fundamental de ampliar la participación ciudadana y fortalecer la democracia.
Rafael Núñez -Rafael Reyes-Alfonso López Pumarejo

Constitución de 1991
Es la actual carta magna de la República de Colombia. Derogó a la Constitución de 1886. También se ha empezado a conocer con el nombre de "Constitución de los Derechos Humanos". Fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991
En 1988, una fallida reforma, dio lugar a un movimiento estudiantil y político que propuso la convocatoria a una asamblea constituyente para las elecciones de 1990.
El movimiento promocionó la así llamada séptima papeleta, propuesta surgida de estudiantes colombianos para las elecciones legislativas de 1991. Si bien el consejo electoral no aceptó la inclusión oficial de este voto, adicional a los votos por Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Consejo Municipal y Alcaldes, (los de Gobernador no se contaban hasta la constitución del 91); este se contó extraoficialmente y la Corte Suprema reconoció la mayoritaria voluntad popular validando el voto. En diciembre de 1990 se convocaron a comicios para elegir los representantes a una Asamblea Nacional Constituyente, la cual promulgó la nueva constitución en 1991.
Los presidentes de la constituyente fueron: Álvaro Gómez Hurtado por el Movimiento de Salvación Nacional, Horacio Serpa por el Partido Liberal, y Antonio Navarro por el M-19.
Álvaro Gómez Hurtado
Horacio Serpa
Antonio Navarro

Principales puntos de la constitución de 1991:
Como novedades, se resaltan las siguientes:
  • De la supremacía e integridad de la Constitución: en virtud de estas funciones, decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos en acción pública contra las leyes, decretos legislativos, leyes aprobatorias de tratados internacionales, convocatorias a referendo o asamblea constituyente y contra las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales, a manera de revisión, con el objetivo de unificar jurisprudencia y establecer precedente judicial obligatorio, lo que en la actualidad se conoce como Doctrina Constitucional
  • Se instituye, además la acción de tutela como un mecanismo expedito y efectivo para que los ciudadanos puedan hacer valer sus derechos fundamentales a partir del artículo 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. De la misma manera, en aras de desarrollar el nuevo estatus de estado social, se incluyó en la Constitución Política, un listado de derechos económicos sociales y culturales, que aunque de carácter programático, pueden llegar a ser de aplicación inmediata ya sea a través de la igualmente constitucional Acción Popular o por conexidad con derechos de rango fundamental.
  • Se prohíbe la extradición de nacionales colombianos. Este artículo fue derogado en 1997, mediante acta legislativo de reforma constitucional.
  • Se prohíbe la reelección presidencial inmediata y alterna (la reelección presidencial inmediata ya estaba prohibida en la Constitución de 1886 y constituciones anteriores). Esta norma fue derogada por acto legislativo de reforma constitucional aprobada en 2004 y declarada exequible por la Corte Constitucional el 19 de octubre de 2005.
En su artículo 53, se crean obligaciones fundamentales relacionadas con los derechos laborales, tales como la libre asociación, el derecho de huelga, y el principio de In dubio pro operario, los cuales, dado su carácter ya mencionado, son susceptibles de protección, a través de la acción de tutela. En la misma oportunidad se obliga al Estado a expedir el Estatuto del Trabajo.

Alexis  Saldarriaga B
Kevin Herrera V

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